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Impunidad para los capitales transnacionales ;
; Por Javier Ponce ;
; La Insignia . Ecuador, junio del 2005 ;

; PALABRAS CLAVE: ECUADOR, EXPORTACIONES, INVERSIONES, LIBRE MERCADOS, RELACIONES BILATERALES, RELACIONES COMERCIALES, REMESAS, TRATADO DE LIBRE COMERCIO

Cartillas sobre el TLC (III)

Algunos personajes ecuatorianos, amigos entrañables de los capitalistas transnacionales, verán cumplido su sueño. Por fin, con el Tratado de Libre Comercio TLC, contarán con lo que ellos han dado en llamar "seguridad jurídica para las inversiones", estableciendo "una estructura legal justa y transparente".

Ni más faltaba. Con la liberalización propuesta en el TLC no se incentivan las inversiones externas, es que los inversionistas no tienen olfato para el negocio. Pues la liberalización significa regulaciones laborales que alejen cualquier "peligro" de que los trabajadores puedan poner condiciones en sus lugares de trabajo. La liberalización significa también que podrán exportar los beneficios sin regulación alguna por parte de los gobiernos nacionales; pues es evidente que esa estructura legal estará por sobre los gobiernos; y en ella influirán de manera determinante los países más poderosos, en primer lugar los Estados Unidos. Y tras él, las multinacionales que ganarán nuevos poderes, mientras se vaya desmontando la capacidad d gobiernos de asumir tareas como la salud o la seguridad social.

Para liberalizar las inversiones a nombre de la seguridad jurídica, los capitales transnacionales y sus socios locales cuentan con un marketing antiguo y muy poderoso que ha acabado por sembrar, en la opinión pública y tal vez en la cabeza de buena parte de los ecuatorianos, la idea de que inversión extranjera es sinónimo de progreso. En efecto, una campaña sistemática en favor de las inversiones extranjeras en nuestros países, ha acabado por convertir en una verdad indiscutible que éstas son garantía de desarrollo y progreso.

En el afán por captar estas "salvadoras" inversiones, algunos de nuestros países no han dudado en suscribir acuerdos bilaterales que ya incluyen disposiciones relativas al mecanismo internacional de solución de las controversias que puedan surgir con motivo de la inversión. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas, hace surgir la responsabilidad del Estado receptor frente a arbitrajes externos, por los supuestos daños ocasionados.

El reciente conflicto creado entre el Sistema de Rentas Internas y las petroleras norteamericanas en torno al cobro del Impuesto al valor Agregado IVA, es una demostración de lo dicho. En efecto, según el tratado de preferencias arancelarias concedido a cambio de la lucha contra el narcotráfico, la ATPDEA, el Ecuador renunció a afectar de cualquier manera los intereses de las empresas estadounidenses, a riesgo de someterse a un arbitraje internacional, asunto que, en realidad, nada tiene que ver con la persecución al narcotráfico.

Iguales en el país, desiguales en el mundo

Veamos cómo se asegura el capital transnacional la impunidad en nuestros países. Nos apoyaremos para el efecto, en las explicaciones de una de las más destacadas tratadistas latinoamericanas, Mariana Herz, en torno a los condicionamientos expresados en los tratados bilaterales:

Las inversiones extranjeras gozan siempre del trato más favorable, lo que significa que gozarán en nuestro país de los beneficios que les conceden tratados o normas en otros países. El incumplimiento del trato más favorable genera la responsabilidad del Estado receptor, que podrá ser sometido a un tribunal internacional.

Cualquier ventaja concedida a las inversiones nacionales debe ser extendida a las extranjeras. Las inversiones nacionales no pueden recibir ayuda alguna del Estado, pues ello implicaría violar la igualdad de trato entre nacionales y extranjeros. Solamente que este trato de aparente igualdad, no toma en cuenta que los unos y los otros no tienen la misma historia, pues existe un desarrollo histórico inequitativo entre los capitales del norte y del sur.

Las inversiones de las transnacionales se acogen a una cláusula que se llama de "nación más favorecida". Esto significa que un inversionista extranjero con domicilio en uno de los países que intervienen en el tratado, debe gozar en el resto de países, por lo menos de las mismas ventajas concedidas en el país en el que está domiciliado, lo que impide cualquier posibilidad de jurisdicción nacional.

En virtud de estos tratados, se renuncia a los llamados "requisitos de desempeño". ¿Qué significa un "requisito de desempeño"? Significa que el inversor debe contemplar determinadas conductas destinadas a proteger la economía nacional, como utilizar, en lo posible, materia prima nacional, exportar parte de la producción para incrementar el ingreso de divisas, o dejar como resultado, una transferencia de tecnología, etc. Esos condicionamientos que favorecerían un desarrollo tecnológico del país, no existen en estos tratados de libre comercio. De modo que, en ese marco, veremos llegar los capitales, engrosar e irse, sin dejar atrás ninguna estela de conocimientos ni de experiencias para los socios o los trabajadores locales. Es decir que, en este caso, no hay incorporación de tecnología al país receptor.

Incluyen cláusulas obligando a la indemnización en caso de expropiación u "otras medidas de efecto equivalente". Esta última frase, ambigua, permite exigir la indemnización en caso de medidas adoptadas por el Estado receptor que "privan al inversor de los beneficios que podría razonablemente esperar". Aunque esos "beneficios que podría razonablemente esperar" puedan acarrear daños graves e irreversibles sobre las poblaciones, los recursos naturales o el medio ambiente.

Prevén la compensación por pérdidas que se produzcan por una variedad de causas, entre ellas la pérdida de ganancias futuras o esperadas.

Prevén las transferencias al exterior del capital, los beneficios, las remuneraciones, las regalías, los honorarios por consultorías, etc., de manera irrestricta.

Por tanto, reiteramos, en el país no queda ni la sombra del paso de los capitales transnacionales. Se llevan por igual los beneficios y los secretos tecnológicos.

En síntesis, las inversiones gozarían de un trato más favorable, incluso, que las nacionales, al tiempo que, paradójicamente, son extraterritoriales, esto es, resuelven sus diferencias con los estados en tribunales internacionales de arbitraje.

En palabras sencillas, tendrán las ventajas de los nacionales y de los extranjeros simultáneamente. Para el efecto, se acogen a una definición enormemente amplia de lo que se considera tanto inversión como expropiación, dos herramientas para volver turbio cualquier intento estatal por establecer controles o límites.

América Latina, apetitosa para EEUU

Esta extraña y privilegiada situación de las inversiones transnacionales que hemos descrito, ya tiene antecedentes.

En los decenios del 80 y el 90, se produjo un enorme retroceso en las legislaciones nacionales de casi todos los países del continente, en lo que se refiere al control de las inversiones extranjeras, en función, supuestamente, del interés nacional. Cabe preguntarse frente a este hecho y al "entreguismo" con el que se afronta el TLC, si acaso aquello obedece a que los países latinoamericanos no tienen más que su pobreza para ofrecer a los capitales extranjeros. Pero no es así. América Latina enriquece a los Estados Unidos. Por sólo citar unos pocos datos, Estados Unidos convirtió su déficit comercial con América Latina, de cerca de 11 mil millones de dólares en 1990, en un superávit de alrededor de nueve mil millones una década después.

Las exportaciones estadounidenses a nuestros países, sin contar a México, crecieron de 26 y medio millones de dólares al comenzar los años noventa, a cerca de 70 millones al finalizar la década. A fines de los noventa, los países latinoamericanos pasaron a recibir bienes procedentes de Estados Unidos en el doble de volumen que Japón y tanto como la Unión Europea. Y una quinta parte de los capitales norteamericanos invertidos fuera, están en Latinoamérica. Si esas son las cifras, es posible preguntarse por qué, en las negociaciones de los tratados de libre comercio, somos tan dóciles y tímidos.

¿Quién salva al Ecuador? ¿Las multinacionales o los emigrantes?

Por último, está el espejismo de la inversión extranjera. ¿Realmente se trata de la tabla de salvación, como afirman muchos analistas neoliberales, que se ahuyenta por la inseguridad jurídica o la legislación laboral? ¿Cuánto contribuye esa inversión "salvadora" al desarrollo del Ecuador?

¿Dónde están esos capitales esperando la oportunidad de llegar a nuestro país?

Informaciones divulgadas por organismos internacionales de migración, señalan que, mientras las remesas de los emigrantes que fluyen desde los países del Norte hacia los países del Sur representan 176 mil millones de dólares, la cooperación del norte hacia el sur alcanza la cifra de 57 millones de dólares, tres veces menos que las remesas.

Igualmente, de acuerdo con el Banco Interamericano de Desarrollo, la suma recibida por América Latina por remesas, ha superado, desde el año 2002, al monto total de la inversión extranjera directa en la región. ¿Por qué temer, entonces, a quienes manifiestan su desacuerdo con el TLC?

Coordinador de la serie: Alberto Acosta.

COMENTARIO. En mi opinión hay que hablar de estos temas. La zona geográfica del mundo en la que vivimos lo demanda, ella está envuelta en numerosos movimientos sociales de países que se cansaron del azote del neoliberalismo. Pero una cosa piensan los que no tienen nada y otra quienes pueden coger alguna tajada y solo miran para su plato, abundantemente bien servido.

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